VISADO DE TELETRABAJO PARA RESIDIR LEGALMENTE EN ESPAÑA.
El estado español ha sancionado una ley para otorgar visados de residencia para realizar teletrabajo desde España.
Esta nueva forma de residencia requiere que la persona que lo solicite tenga más de tres meses con un contrato de trabajo en el país de origen, QUE PERMITA EL TELETRABAJO o el mismo tiempo en teletrabajo como autónomo o monotributista.
Se puede gestionar en origen, SIEMPRE DE FORMA DIGITAL.
La otra opción es ingresar como turista CUMPLIENDO TODOS LOS REQUISITOS DEL INFRESO DE TURISTA (no permite carta de invitación) y gestionar el NIE (Numero de Identificación de Extranjero)
Para este trámite serán necesarios diversos documentos:
Constancia de experiencia o titulación que permita teletrabajar.
Documentación acreditativa de relación laboral o documentación de autónomo en país de origen.
Carta oficial de la empresa contratante para autorizar el teletrabajo en España.
Antecedentes penales del solicitante y de familiares si viajan a España. APOSTILLADOS
Seguro médico de empresa española.
Recursos económicos een certificado bancario de 25.000 euros.
Trabajadores por cuenta ajena cuya empresa les permite desplazarse y trabajar en remoto desde otro país (en este caso España)
Trabajadores por cuenta propia con varios clientes repartidos por todo el mundo o fuentes de ingreso derivadas de actividades online pero repartidas pero fuera de España
Cómo solicitar este permiso de residencia para trabajo remoto en España:
La empresa/s para la que trabajas debe estar ubicada fuera de España
Los ingresos recibidos en España o por empresas españolas no pueden representar más del 20% del total
Debes demostrar que has estado trabajando para tu empresa o haber tenido una relación como profesional independiente para tus clientes durante al menos 3 meses previos a la solicitud
Contrato con esta misma empresa de por lo menos 1 año
Tienes dos opciones distintas para demostrar que dispones de experiencia y formación suficiente para poder completar la solicitud. O bien demostrar 3 años de experiencia relacionada con tu trabajo previos a la solicitud, o bien ser un graduados o postgraduados de universidades de reconocido prestigio, formación profesional y escuelas de negocios de reconocido prestigio
No puedes tener antecedentes penales, ni tener prohibida la entrada a España. Para ello deberás aportar tu certificado de antecedentes penales, con una validez mínima de 90 días, legalizados y apostillados.
Presentar una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales en los últimos 5 años
Tendrás que rellenar el formulario de solicitud correspondiente
Pagar la tasa correspondiente, en este caso la 790 038 de 80 €
• Contratar un seguro médico privado, con cobertura total en toda España
• Certificado bancario demostrando la posesión de por lo menos 25.000 € (un 200% del SMI) para el solicitante principal (y 9.441 € por cada familiar adicional, lo que representa un 75% del SMI). Si el dinero se encuentra en un banco extranjero, será necesario aportar una traducción simple. O, paralelamente, se puede demostrar esa misma cantidad económica a través del contrato, nóminas, certificado de la empresa que desplaza, etc.
Por último, encontramos una diferencia en función de si trabajas para una empresa por cuenta ajena o eres un autónomo/a:
• Si tienes un contrato con una empresa extranjera (por cuenta ajena), es imprescindible que la empresa lleve funcionando por lo menos 1 año previo a tu solicitud. Además, esta empresa deberá dejar constancia de que el teletrabajo para tu puesto está permitido, y que te autoriza a ello
• Si eres autónomo, debes estar trabajando para al menos una empresa (que debe estar fuera de España), y será a través de las condiciones de tu contrato donde se especifique la posibilidad de trabajar a distancia
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-10074
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-21739
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